SAT: Paso a paso para obtener tu RFC por primera vez

Consejos

Tanto personas físicas como fiscales deben hacer su inscripción para el Registro de Contribuyentes (RFC) para la realización de pagos de impuestos.

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Existen diversas modalidades para sacar el RFC, dependiendo de los casos particulares, conoce cuáles son.(Foto: Unsplash)

El Registro Federal de Contribuyentes, también conocido como número RFC, es una clave que requiere toda persona física o persona moral en México para realizar cualquier actividad económica lícita por la que esté obligada a pagar impuestos, con algunas excepciones.

Sirve para identificar a toda aquella persona que realiza una actividad económica y deba aportar con el gasto público ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria).A estas personas se les llama contribuyentes.



Para realizar la solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas con CURP, puede iniciar el trámite solo personas mayor a 18 años de edad cumplidos que cuenten con clave única de registro de población (CURP) con o sin obligaciones fiscales. De acuerdo al Código Fiscal de la Federación de México, todas las personas mayores de edad están obligadas a la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.

En caso de que no perciban ingresos, están sujetos a darse de alta bajo el rubro de Inscripción de personas físicas sin actividad económica. Esto les libera de estar obligados a pagar impuestos, presentar declaraciones y verse frente a sanciones o multas.

Esto lo puede presentar en el Portal del SAT, los documentos que se obtiene son la solicitud de inscripción en el RFC y el acuse único de inscripción en el RFC que contiene la cédula de identificación fiscal y el código de barras bidimensional.

Esto se presenta cuando la persona lo requiera y no requiere de documentación extra, pues el trámite se puede realizar solo con el CURP.

Lo único que se necesita es llenar el formulario electrónico de inscripción que se encuentra en el portal y tener todos los datos necesarios que el Portal está solicitando.

En caso de que la inscripción haya sido por obligaciones fiscales, es necesario cudir a cualquier oficina del SAT dentro de un lapso de 30 días siguientes para tramitar la contraseña o la e.firma.

Cabe destacar que no deben acudir los contribuyentes que por su régimen o actividad económica no estén obligados a expedir comprobantes fiscales.


Para obtener el RFC solo debes seguir los siguientes pasos

1. Ingresa a la página oficial del SAT

2. Da clic en la sección de trámites y elige la opción RFC

3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico sobre inscripción al RFC

4. Envía tu trámite al SAT e imprime la hoja previa con el número de folio asignado a tu trámite.

5. Recibe y guarda el acuse de inscripción en el RFC con la cédula de identificación fiscal.

Posteriormente, si deseas acudir de manera presencial reúne los documentos que debes entregar en tu cita, considerando llevar original y copia de cada uno:

Acta de nacimiento, CURP, identificación vigente y comprobante domiciliario.

Finalmente solo debes acudir a tu cita. Al cumplir con los requisitos y finalizar el trámite, no solo obtendrás tu RFC, también tu Cédula de Identificación Fiscal (CIF).


Este registro sirve también para poder acceder a diversos productos financieros como cuentas bancarias, tarjeas de crédito, programas de seguridad social u otros trámites de apoyo económico y ahorro como la Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) e INFONAVIT.

El RFC se construye de acuerdo al tipo de persona, ya sea física o moral:

Para las personas físicas, el orden es el siguiente:

• Primera y segunda letra del apellido paterno

• Primera letra del segundo apellido

• Inicial del primer nombre del contribuyente

• Fecha de nacimiento en el siguiente orden: año, mes, día.

• Homoclave asignada por el SAT

Para las personas morales debe ser:

• Primeras letras de las palabras que componen el nombre de la empresa. Por ejemplo, si el nombre de la empresa está formado así: Grupo Industrial Mexicano, S. de R.L. se toman en cuenta las letras “GIM”, mientras que las abreviaturas del tipo de sociedad se omiten.

• Fecha de constitución de la empresa en el siguiente orden: año, mes, día.

• Homoclave asignada por el SAT


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