En febrero de 2024, el presidente Andrés Manuel López Obrador, anunció que había presentado una propuesta de reforma hacia el poder judicial para realizarle modificaciones a la Constitución Mexicana.
Esta forma parte del paquete de las 20 reformas que declaró que buscaría que se ejecuten para el último periodo de su administración, lo cual creó disyuntivas entre miembros del poder judicial, el mandatario, y simpatizantes del presidente.
Estas reacciones comenzaron a agravarse a medida que la votación de la reforma en el Congreso se acercaba. Aquí te explicamos en qué consiste la reforma judicial y por qué ha causado polémica.
¿En qué consiste la propuesta a la Reforma Judicial?
Los puntos claves que generan polémica se enfocan en:
La elección de ministros, jueces y magistrados se realizará a través del voto popular. También se buscará la reducción de los ministros que integran la Suprema Corte de 11 a 9 personas. También el periodo de laboral de las y los ministros se acortará de 15 a 12 años.
La Suprema Corte consta de cinco salas, pero la reforma propone que sean eliminados. Asimismo, el curso de las sesiones se modificará para que estas se lleven a cabo públicamente y solo en el pleno de la Suprema Corte.
Sé creará un Tribunal de Disciplina que sustituirá al Consejo de la Judicatura Federal. En este caso, se fundará un órgano de administración judicial que se encargará de realizar esa clase de funciones, entre ellas, elaborar un presupuesto para el poder Judicial.
También eliminarán la pensión vitalicia para los ministros y sus remuneraciones se ajustarán al tope máximo del Presidente de la República.
La propuesta a la reforma también introducirá nuevas reglas procesales que se encargarán de que la justicia se imparta de manera diligente, estableciendo plazos máximos para la resolución de asuntos y se prohíba la suspensión de leyes con efectos generales.
Las reglas propuestas son las siguientes:
- Justicia expedita: propondrá un plazo máximo de seis meses para la resolución de asuntos fiscales, y de un año para asuntos penales.
- Suspensiones: se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales
- Justicia local: los poderes judiciales de las entidades federativas deberán establecer sus propias reglas para la elección directa de sus magistrados, y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.
- Fideicomisos del Poder Judicial: cuando hayan finalizado los juicios pendientes, deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar, respetando los derechos y prestaciones de los trabajadores.