Así como el SAT, la CFE es una de esas entidades con la que nos daría miedo meternos en problemas. Y, aunque ciertamente unas son más problemáticas que otras, no hay nadie en este país que estaría a gusto quedándose sin luz, pues es uno de los recursos básicos para vivir.
Sin embargo, es importante estar actualizados e informados sobre los cambios que se generan mes con mes y año con año, sobre la forma de pago y los requisitos que debemos cumplir con los recibos de la luz. Sigue leyendo y entérate del cambio más reciente para marzo.
¿Cuál es el cambio en el recibo de luz para marzo?
Marzo ha llegado con cambios significativos, y uno de ellos proviene de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que está enviando avisos a los usuarios sobre la importancia de actualizar el nombre en el recibo de luz.
Este trámite puede parecer trivial, pero su relevancia va más allá de un simple documento; el recibo de luz puede ser necesario para diversos trámites, convirtiéndose en un comprobante de domicilio útil en múltiples ocasiones.
La CFE ha señalado que marzo es el momento ideal para realizar este cambio de nombre en el recibo de luz, un proceso que puede ser vital en circunstancias como el fallecimiento del titular o cuando se está a punto de habitar una nueva propiedad, ya sea una casa, departamento o incluso un local comercial.
Para llevar a cabo este trámite, es importante conocer los requisitos necesarios según la situación específica. Si estás rentando un inmueble, asegúrate de que no existan adeudos pendientes con la CFE y ten a la mano copias de tu RFC, el contrato de arrendamiento, así como la credencial del INE del titular del contrato. Además, será necesario presentar una foto reciente con la lectura del medidor.
En el caso de un cambio de titularidad debido a una compra-venta o fallecimiento, se requerirán documentos adicionales, como la carta de exposición de motivos dirigida a la CFE, la copia de la constancia predial, el contrato de compra-venta de la propiedad, y nuevamente la credencial del INE del titular del predio, junto con una foto actualizada del medidor.
En situaciones de fallecimiento del titular, se añadirán a los requisitos el acta de defunción del mismo, así como los datos personales tanto del fallecido como del nuevo titular del servicio, incluyendo nombres completos y documentos de identidad oficiales vigentes.
Es importante destacar que la CFE ha dejado claro que el cambio de titular en el recibo de luz no conlleva ningún costo adicional. Sin embargo, en ciertos casos, puede ser necesario dar de baja el contrato anterior para establecer uno nuevo, lo que implicará el pago de un depósito de garantía.
Este monto puede variar según la tarifa contratada y la ubicación geográfica. Para obtener más detalles sobre este procedimiento, puedes consultarlo directamente con la CFE, donde se aclaran todas las dudas al respecto.
Finalmente, no olvides que mantener actualizado el nombre en el recibo de luz puede parecer una tarea trivial, pero es un paso crucial para garantizar la validez de este documento como comprobante de domicilio, además de facilitar futuros trámites administrativos.
¿Lo sabías?